Modificación de la Orden ESD/3725/2008, de 12 de diciembre, sobre evaluación en Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Se modifica el artículo 3 de la Orden ESD/3725/2008, de 12 de diciembre, sobre evaluación en Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte mediante la adición de los párrafos siguientes:
«6. Aquellos alumnos que después de la evaluación ordinaria de segundo de Bachillerato hayan obtenido en las calificaciones de este curso una nota media igual o superior a nueve podrán obtener la distinción de ’’Matrícula de Honor’’. Dicha distinción se concederá a un número no superior a uno por cada veinte alumnos o fracción resultante superior a quince del conjunto del alumnado matriculado en el centro educativo en segundo curso de Bachillerato.
7. Los equipos docentes de segundo curso de Bachillerato decidirán los alumnos a los que se concede esta ’’Matrícula de Honor’’ según criterios previamente acordados y establecidos en el Proyecto Educativo de Centro.
8. La obtención de la ’’Matrícula de Honor’’ se consignará en los documentos de evaluación del alumno mediante una diligencia específica y podrá dar lugar a las compensaciones que determinen las diferentes administraciones educativas.»
El ámbito de gestión del Ministerio de Educación etc es Ceuta y Melilla y los centros en el extranjero
ResponderEliminarGracias por la matización. Pero es de esperar que eso se extienda a las Comunidades Autónomas, ¿no?
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